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LEGISLACIÓN NÁUTICA
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CONSULTAS FRECUENTES Y MODIFICACIONES DE INTERÉS |
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PUBLICADO día 12-08-2010 Asunto: Titulación recreo/profesional |
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CERTIFICADO MEDICO APTO PARA MANEJO DE EMBARCACIONES DE RECREO Desaparece el certificado medico actual y se unifica con el de conducción del automóvil aunque si deberá hacerse una revisión de visión de los colores. |
Desde el 15-03-2010
MODIFICACIÓN DEL CERTIFICADO MEDICO. ( Entra en vigor el 15-3-2010 ) |
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| ZONAS DE NAVEGACIÓN DE LAS EMBARCACIONES |
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| ¿ QUE TOMAR PARA PREVENIR EL MAREO ? |
BIODRAMINA España
Laboratorios URIACH MERCALM Francia Laboratoire PHYGIENE CLORANAUTINE Francia Laboratoire LEDERLE
Los tres anteriores tienen el mismo principio activo y pueden ser con o sin
cafeína para evitar la somnolencia, CARIBAN Laboratorios INIBSA Prevención del mareo Somático ( Embarazadas). |
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| ¿ESTA HOMOLOGADO MI EQUIPO RADIOELÉCTRICO ? |
Puedes verificarlo en la lista pública del ministerio de fomento. LINK
Pulsar sobre el número de homologación para ver la lista. |
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| ¿CUANTAS PRACTICAS SE NECESITAN PARA OBTENER EL TÍTULO CON LA NUEVA LEGISLACIÓN? | VER TABLA | |
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TITULACIONES DEPORTIVAS CONDICIONES PARA EL MANEJO DE EMBARCACIONES DEPORTIVAS. Ordem FOM /3200/2007 de 6 de Octubre. BOE 264 de Sábado 03/ Noviembre 2007 |
Ampliación Nº de prácticas. > 03-09-2008 Aparición de prácticas de radio.> 03-09-2008 Ampliación atribuciones de NB a 7,5n a motor. Tienen asumidas las competencias Cataluña, Baleares, Valencia, País Vasco, Cantabria, Asturias, Galicia, Andalucía, Murcia, Canarias y Melilla. |
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| MODIFICACIONES LEGISLATIVAS | ||
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PUBLICADO HOY día 12-08-2010 Asunto: Titulación recreo/profesional |
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9713 Real Decreto 685/2010, de 20 de mayo 2010, por el que se regula el otorgamiento de permiso temporal de navegación para determinadas embarcaciones de recreo. |
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DOGC 5580 – 4.3.2010 16651 LLEI 2/2010- Del 18 de febrer 2010 de pesca i acció marítimes |
Objecte L’objecte d’aquesta llei és regular les matèries següents: a) La pesca marítima professional i recreativa. b) La pesca professional en aigües continentals. c) El marisqueig. d) L’aqüicultura. e) El sector pesquer. f) Les activitats marítimes. g) La capacitació, la formació professional i la formació nauticorecreativa per a l’exercici de les activitats marítimes. h) La recerca, el desenvolupament i la transferència tecnològica en l’àmbit d’actuació d’aquesta llei. i) El règim de control i sancionador en l’àmbit d’actuació d’aquesta llei. |
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NUEVA DIRECTORA GENERAL DE LA MARINA MERCANTE
ISABEL DURÁNTEZ
Nuestra personal opinión es la de una persona dialogante, eficaz y responsable en quien depositamos nuestra confianza para ayudar a mejorar y racionalizar el el sector de la náutica de recreo. Nuestro mas sincero apoyo. |
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| ¿ REQUISITOS DOCUMENTALES DE LAS EMBARCACIONES? | VER TABLA | |
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PRECIOS MEDIOS DE VENTA EMBARCACIONES Aplicable impuesto de transmisiones patrimoniales. Para el Año 2010 |
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| ¿ PUEDO PRESENTAR EN LA ADMINISTRACIÓN UN DOCUMENTO EN CATALÁN ? |
Si, donde el catalán es co-oficial. |
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CERTIFICADO DE ESPECIALIDAD DE PATRÓN PROFESIONAL BOE RD 973 2009 ver paj 55259 |
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Los
dos impuestos principales al comprar un barco en España son el 16% del IVA y
el 12% de matriculación. De 6ª a 7ª no se paga el iva pasados 4 años |
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Real Decreto 544/2007 de 27 de abril 07 ABANDERAMIENTO Y MATRICULACIÓN DE LAS EMBARCACIONES DE RECREO EN LA LISTA 7º Resolución de 15 de diciembre de 2007Actualización del
anexo II del
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PERMISO DE NAVEGACIÓN
(Sustituye la licencia de navegación ) contiene datos del barco y el propietario. La sustitución se efectuará cuando se realice algún acto registral pudiéndose usar hasta entonces la licencia de navegación, pero todas las embarcaciones deberán acabar con el nuevo permiso a bordo. |
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HABILITACIÓN DE LAS TITULACIONES DEPORTIVAS PARA EJERCER CHARTER DE FORMA PLENAMENTE LEGAL |
El director General de la marina Mercante Sr.
Felipe Martinez Martinez, durante el salón náutico de Barcelona
respondió a nuestra pregunta, de forma pública ( en la reunión con el
sector) que "Se tenía que elevar a rango de ley lo que esta a nivel de la
calle" ( Frase, que hemos puesto en casi todas nuestras solicitudes) y que
estaban preparando nueva legislación al respecto, no como una nueva
titulación , si no como una habilitación de las titulaciones deportivas con
fecha estimada marzo del 2008. Durante el desarrollo del 7º Foro de turismo náutico , el subdirector General de seguridad Marítima francisco Suarez llanos , a anunciado ( de forma verbal ) que el título de recreo / profesional la DGMM lo tira adelante, a pesar de cierta oposición por parte de los sindicatos y que esta pendiente de próxima publicación. No disponemos hasta el momento de información de características y condiciones de lo anunciado. |
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NUEVO CERTIFICADO DE NAVEGABILIDAD
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ENTRA EN VIGOR EL CERTIFICADO DE REGISTRO
ESPAÑOL Y PERMISO DE NAVEGACIÓN Documento que que se genera en cualquier cambio que se efectúe en embarcaciones y que tiene una vigencia de 5 años. justifica la propiedad de las embarcaciones. No sustituye ni a la copia de asiento ni al certificado de navegabilidad. Su objetivo sacar de la circulación a las embarcaciones que no estén actualizadas y al día. |
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RECIBO ANUAL DE RESIDUOS MARPOL
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Se obliga a todas las embarcaciones de recreo a
que justifiquen documentalmente que han realizado al menos una vez al año
vertido controlado de aguas sucias-aceites en una estación autorizxada
Marpol.
REQUISITO IMPRESCINDIBLE PARA DESPACHAR. aplican desde 1 de enero 2008 LA MAYORÍA DE LOS PUERTOS NO ESTÁN PREPARADOS. |
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RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL Ley 26/2007 Trasposición de la Directiva 2004/35 del Consejo y del Parlamento Europeo de 21 de Abril de 2004 Entrada en vigor 25-Oct-2007 |
Basada en los principios de prevención y de que "quien contamina paga". Se incluye el transporte de sustancias contaminantes. |
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REQUISITOS DE SEGURIDAD EMBARCACIONES Y MOTOS ACUÁTICAS EMISIONES DE ESCAPE Y SONORAS |
Actualización normativa 3-12-07 |
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CONDICIONES DE SEGURIDAD PARA CONCENTRACIONES NÁUTICAS Y PRUEBAS
NÁUTICO-DEPORTIVAS Real Decreto 62/2008 de 25-Enero de 2008 |
Sensación personal : Garantizar la no responsabilidad institucional. Mas restricciones, presunción de que se organiza mal. Si no se organizan actividades MEJOR !!!. En la línea de la prohibición de la cabalgata de reyes del 2003. |
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REGLAMENTO DE DESPACHO DE BUQUES. |
Reglamentación de despacho de buques. |
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LEY DE PUERTOS DEL ESTADO Y LA MARINA MERCANTE 1992 |
Obligación de seguro de Responsabilidad Civil para todas las embarcaciones de recreo. | |
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SEGURO DE EMBARCACIONES
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| NÁUTICA LEGAL |
NÁUTICA
LEGAL Yamandú Rodriguez Caorsi Abogado e Ingeniero Marina Mercante |
| Legislación aplicable a las inspecciones.
R.D.1434/1999 de 10 de septiembre -99, (B.O.E. nº 218 de 11 de septiembre-99) Circular 7 / 95 de la dirección General de la Marina Mercante Ley 27/1992 de 24 de noviembre ( BOE, 25-11-1992) Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. |
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| Obligatoriedad del Seguro de Responsabilidad Civil
(Terceros) entró en vigor el 1 de julio de 1999 BOE nº 103 de viernes 30 de abril de 1999 (Te recordamos que APY realiza Seguros Náuticos. |
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| Obligatoriedad de Matriculación de las motos
acuáticas, entró en vigor el 13 de abril. 1999 BOE nº 11 de miercoles 13 enero de 1999, ( 1526-1527 ) |
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Llei 5/1998 de 17 abril de ports de
Catalunya. Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya- nº2632 5/5/98 pag. 5692. |
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Ordre del 29 d'abril del 98 per la qual
es regula l' elaboració l'organització, la realització d'examens i l'expedició de les
autoritzacions federatives per les embarcacions d'esbarjo. Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya-nº 2639 14/5/98 pag. 6069 i 6070 . |
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Orden
de 17 de Junio de 1997 por la que se regulan las condiciones para el gobierno de
embarcaciones de recreo. (programas de titulaciones) BOE nº 158, 3 de Julio de 1997. |
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Resolución
de 30 de Diciembre de 1997, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se
desarrolla la orden de 17 de Junio de 1997 por la que se regulan las condiciones para el
gobierno de embarcaciones de recreo. BOE nº 8, 9 de Enero de 1998. |
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ALFABÉTICO RUMBO CURSOS NAVEGAR BARCOS SEGUROS PORTADA MARINA SECA |
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ASOCIACIÓN PATRONES DE YATE Plaza Universidad Nº 1- 3º Barcelona 08007 - Laborables de 15 a 22 h Tel. 93 20 80 735 Fax. 93 20 80 736 |