LEGISLACIÓN   NÁUTICA           

 


                                                                 Gestoría - Asesoría

CONSULTAS  FRECUENTES
Y MODIFICACIONES DE INTERÉS

PUBLICADO   día 12-08-2010

Asunto:  Titulación recreo/profesional

BOE Num 195 Pagina 71707 

 
CERTIFICADO MEDICO  
APTO PARA MANEJO DE EMBARCACIONES DE RECREO
Desaparece el certificado medico actual y se unifica con el de conducción del automóvil aunque si deberá hacerse una revisión de visión de los colores.
Desde el 15-03-2010    

MODIFICACIÓN DEL CERTIFICADO MEDICO. ( Entra en vigor el 15-3-2010 )
Desaparece el certificado medico actual y se unifica con el de conducción del automóvil aunque si deberá hacerse una revisión de visión de los colores. No será necesaria la realización de un nuevo certificado médico si el el de conducir esta vigente y expedido o renovado hace menos de dos años . Pero los certificados deberán realizarse inexcusablemente en los Centros de reconocimiento de Conductores. Restricciones etc.. ver BOE.

 
ZONAS DE NAVEGACIÓN DE LAS EMBARCACIONES
¿ QUE TOMAR PARA PREVENIR EL MAREO ? BIODRAMINA          España              Laboratorios   URIACH
MERCALM                Francia              Laboratoire    PHYGIENE
CLORANAUTINE     Francia              Laboratoire    LEDERLE

         Los tres anteriores tienen el mismo principio activo y pueden ser con o sin cafeína para evitar la somnolencia,
prevención del mareo cinético.

CARIBAN                                           Laboratorios INIBSA

                    Prevención del mareo Somático ( Embarazadas).

¿ESTA HOMOLOGADO MI EQUIPO RADIOELÉCTRICO ? Puedes verificarlo en la lista pública del ministerio de fomento. LINK
Pulsar sobre el número de homologación para ver la lista.
¿CUANTAS PRACTICAS SE NECESITAN PARA OBTENER EL TÍTULO CON LA NUEVA LEGISLACIÓN? VER TABLA
TITULACIONES DEPORTIVAS
CONDICIONES PARA EL MANEJO DE EMBARCACIONES DEPORTIVAS.

Ordem FOM /3200/2007 de 6 de Octubre.

BOE 264 de Sábado 03/ Noviembre 2007
Entrada en vigor-inmediata /y/ 3-12-2009


Ampliación Nº de prácticas.      > 03-09-2008
Aparición de prácticas de radio.> 03-09-2008
Ampliación atribuciones de NB a 7,5n a motor.
Tienen asumidas las competencias Cataluña, Baleares, Valencia, País Vasco, Cantabria, Asturias, Galicia, Andalucía, Murcia, Canarias y Melilla.
MODIFICACIONES  LEGISLATIVAS

PUBLICADO HOY  día 12-08-2010

Asunto:  Titulación recreo/profesional

BOE Num 195 Pagina 71707 

 
9713
Real Decreto 685/2010, de 20 de mayo 2010, por el que se regula el otorgamiento de permiso temporal de navegación para determinadas embarcaciones de recreo.
DOGC 5580 – 4.3.2010 16651
LLEI  2/2010-

Del 18 de febrer  2010

de pesca i acció marítimes

Objecte
L’objecte d’aquesta llei és regular les matèries següents:
a) La pesca marítima professional i recreativa.
b) La pesca professional en aigües continentals.
c) El marisqueig.
d) L’aqüicultura.
e) El sector pesquer.
f) Les activitats marítimes.
g) La capacitació, la formació professional i la formació nauticorecreativa per a
l’exercici de les activitats marítimes.
h) La recerca, el desenvolupament i la transferència tecnològica en l’àmbit
d’actuació d’aquesta llei.
i) El règim de control i sancionador en l’àmbit d’actuació d’aquesta llei.
NUEVA DIRECTORA GENERAL DE LA MARINA MERCANTE

ISABEL DURÁNTEZ

 

Nuestra personal opinión es la de una persona dialogante, eficaz y responsable en quien depositamos nuestra confianza para ayudar a mejorar y racionalizar el el sector de la náutica de recreo.

Nuestro mas sincero apoyo.

¿ REQUISITOS DOCUMENTALES DE LAS EMBARCACIONES? VER TABLA
PRECIOS MEDIOS DE VENTA EMBARCACIONES
Aplicable impuesto de transmisiones patrimoniales.
Para el Año 2010
2010   Ver BOE 311 pagina 110.317 en adelante. 2009   Ver BOE pagina 213 en adelante.
¿ PUEDO PRESENTAR EN LA ADMINISTRACIÓN UN DOCUMENTO EN CATALÁN ? Si, donde el catalán es co-oficial.
Respuesta oficial.
CERTIFICADO DE ESPECIALIDAD DE PATRÓN PROFESIONAL
BOE  RD  973  2009   ver paj 55259
  Los dos impuestos principales al comprar un barco en España son el 16% del IVA y el 12% de matriculación.

De 6ª a 7ª no se paga el iva pasados 4 años

Real Decreto 544/2007 de 27 de abril 07

ABANDERAMIENTO Y MATRICULACIÓN DE LAS EMBARCACIONES DE RECREO EN LA LISTA 7º

BOE num 120 de 19-5-2007

Resolución de 15 de diciembre de 2007Actualización del anexo II del
BOE Num 28 de 1-2-2008

 

PERMISO DE NAVEGACIÓN 

(Sustituye la licencia de navegación ) contiene datos del barco y el propietario. La sustitución se efectuará cuando se realice algún acto registral pudiéndose usar hasta entonces la licencia de navegación, pero todas las embarcaciones deberán acabar con el nuevo permiso a bordo.

 

 

 

HABILITACIÓN DE LAS TITULACIONES DEPORTIVAS PARA EJERCER CHARTER DE FORMA PLENAMENTE LEGAL

El director General de la marina Mercante Sr. Felipe Martinez Martinez, durante el salón náutico de Barcelona  respondió a nuestra pregunta, de forma pública ( en la reunión con el sector) que "Se tenía que elevar a rango de ley lo que esta a nivel de la calle" ( Frase, que hemos puesto en casi todas nuestras solicitudes) y que estaban preparando nueva legislación al respecto, no como una nueva titulación , si no como una habilitación de las titulaciones deportivas con fecha estimada marzo del 2008.

Durante el desarrollo del 7º Foro de turismo náutico , el subdirector General de seguridad Marítima  francisco Suarez llanos , a anunciado ( de forma verbal ) que el título de recreo / profesional la DGMM lo tira adelante, a pesar de cierta oposición por parte de los sindicatos y que esta pendiente de próxima publicación.

No disponemos hasta el momento de información de características y condiciones de lo anunciado.

NUEVO CERTIFICADO DE NAVEGABILIDAD

 

  
Real decreto  544/2007 de 27 de Abril  :
 

ENTRA EN VIGOR EL CERTIFICADO DE REGISTRO ESPAÑOL Y PERMISO DE NAVEGACIÓN

Documento que que se genera en cualquier cambio que se efectúe en embarcaciones y que tiene una vigencia de 5 años. justifica la propiedad de las embarcaciones. No sustituye ni a la copia de asiento ni al certificado de navegabilidad.

Su objetivo sacar de la circulación a las embarcaciones que no estén actualizadas y al día.

RECIBO ANUAL DE RESIDUOS MARPOL


Directiva 2007/71/CE modifica el  anexo II de :

Directiva 2000/59/CE  Sobre instalaciones portuarias receptoras de desechos generados por buques ...

Se obliga a todas las embarcaciones de recreo a que justifiquen documentalmente que han realizado al menos una vez al año vertido controlado de aguas sucias-aceites en una estación autorizxada Marpol.

REQUISITO IMPRESCINDIBLE PARA DESPACHAR. aplican desde 1 de enero 2008

LA MAYORÍA DE LOS PUERTOS NO ESTÁN PREPARADOS.

RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL

Ley 26/2007
Trasposición de la Directiva 2004/35 del Consejo y del Parlamento Europeo de 21 de Abril de 2004

Entrada en vigor 25-Oct-2007


 Basada en los principios de prevención y de que "quien contamina paga". 

Se incluye el transporte de sustancias contaminantes.

REQUISITOS DE SEGURIDAD
EMBARCACIONES Y MOTOS ACUÁTICAS
EMISIONES DE ESCAPE Y SONORAS

Actualización  normativa  3-12-07

CONDICIONES DE SEGURIDAD PARA CONCENTRACIONES NÁUTICAS Y PRUEBAS NÁUTICO-DEPORTIVAS

Real Decreto 62/2008 de 25-Enero de 2008
BOE 33 de Jueves 7 de Febrero

Sensación personal :

Garantizar la no responsabilidad institucional.

Mas restricciones, presunción de que se organiza mal.

Si no se organizan actividades MEJOR !!!.

En la línea de la prohibición de la cabalgata de reyes del 2003.
Entra en vigor el 25-4-2008     

REGLAMENTO DE DESPACHO DE BUQUES.
 
Reglamentación de despacho de buques.
  Actualización  normativa  02-02-2000
LEY DE PUERTOS DEL ESTADO Y LA MARINA MERCANTE

1992

Obligación de seguro de Responsabilidad Civil para todas las embarcaciones de recreo.

SEGURO DE EMBARCACIONES

  • Real Decreto 607/1999, de 16 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Seguro de Responsabilidad Civil de Suscripción obligatoria para embarcaciones de recreo o deportivas.
  • Y el Real Decreto 1043/2003, de 1 de agosto que exige un seguro obligatorio de responsabilidad civil para motos náuticas.

 

 

 

NÁUTICA LEGAL NÁUTICA LEGAL  

Yamandú Rodriguez Caorsi                  Abogado  e Ingeniero Marina Mercante
  Legislación aplicable a las inspecciones.

R.D.1434/1999 de 10 de septiembre -99, (B.O.E. nº 218 de 11 de septiembre-99) 

Circular 7 / 95 de la dirección General de la Marina Mercante

Ley 27/1992 de 24 de noviembre ( BOE, 25-11-1992) Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

ATENCIÓN Obligatoriedad del Seguro de Responsabilidad Civil    (Terceros)
entró en vigor el 1 de julio de 1999
BOE nº 103 de viernes 30 de abril de 1999

(Te recordamos que APY realiza Seguros Náuticos.
    ENTRAR  DATOS PARA  PRESUPUESTO DE SEGURO    

ATENCIÓN Obligatoriedad de Matriculación de las motos acuáticas,
entró en vigor el 13 de abril
. 1999
BOE nº 11 de miercoles 13 enero de 1999, ( 1526-1527 )
Llei 5/1998 de 17 abril de ports de Catalunya.
Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya- nº2632 5/5/98 pag. 5692.
Ordre del 29 d'abril del 98 per la qual es regula l' elaboració l'organització, la realització d'examens i l'expedició de les autoritzacions federatives per les embarcacions d'esbarjo.
Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya-nº   2639 14/5/98 pag. 6069 i 6070 .
Orden de 17 de Junio de 1997 por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo.
(programas de titulaciones)
BOE nº 158, 3 de Julio de 1997.
Resolución de 30 de Diciembre de 1997, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se desarrolla la orden de 17 de Junio de 1997 por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo. 
BOE nº 8, 9 de Enero de 1998. 

      

ALFABÉTICO  RUMBO   CURSOS  NAVEGAR  BARCOS  SEGUROS  PORTADA MARINA SECA

ASOCIACIÓN PATRONES DE YATE

 Plaza Universidad Nº 1- 3º Barcelona 08007  -   Laborables de 15 a 22 h    

Tel. 93 20 80 735   Fax. 93 20 80 736